Los datos suministrados por los titulares de la solicitudes de licencias urbanisticas y demas actuaciones urbanisticas establecidas en el Decreto Nacional 1077 de 2015, serán de uso exclusivo por parte del curdador urbano para el cumplimiento de sus funciones de confromidad con lo establecido en la Ley 1581de 2012, el Decreto 1373 de 2013 y las normas que lo reglamenten o modifiquen. La base de datos a cargo del curador no será de caracter público y solo tendrá la finalidad de cumplir la labor establecida por la Ley, toda vez que puede contener información sencible establecida en los artículos 5 y 7 de la Ley 1581 de 2012.
La información sobre clientes, proveedores y empleados, actuales o pasados, se guarda con el fin de facilitar, promover, permitir o mantener relaciones de carácter civil, administrativo y judicial, requeridos para la adecuada prestación del servicio, así como para reportar la información resultado de la gestión a las entidades de nivel Nacional y Distrital como Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, Secretaría de Planeación del Municipio de Funza, Secretaría municipal de Hacienda de Funza, Superintendencia de Notariado y Registro, DANE, y demás entidades que de acuerdo a su competencia lo requieran, por tal razón se considera que con la radicación de la solicitud de licencia urbanística, demás actuaciones urbanísticas asociadas, prórrogas, revalidaciones y demás peticiones, se faculta al responsable de la información a suministrarla según sea requerido. La información sobre actores de los trámites urbanísticos se almacena con el fin de dar cumplimiento a las actividades propias de su objeto, particularmente las relacionadas con el estudio, análisis y expedición de licencias urbanísticas, dando cumplimiento a la normatividad aplicable vigente. La información suminsitrada a dichas entidades será su responsabilidad dentro del ambito normativo vigente a cada una y deberá existir la obligación del curador a suministrarla previamente mediente la actuación correspondiente.
Teniendo en cuenta el literal a) del artículo 12 de la Ley Estatutaria 1581 del 17 de octubre de 2012, los datos personales que el CURADOR URBANO No. 2 DE FUNZA - JIMMY ESTEBAN MORALES TORRES, recolecte, almacene, use, circule y suprima, serán utilizados para alguna de las siguientes finalidades:
En las bases de datos se incluye, adicionalmente información relacionada con los trámites de: Solicitudes de licencias urbanísticas como:
Licencias de construcción.
Licencias de urbanización.
Licencias de subdivisión
Solicitudes de otras actuaciones urbanísticas como:
Conceptos de norma
Conceptos de uso
Ajuste de cotas
Aprobación de propiedad horizontal
Autorización de movimiento de tierras
Aprobación proyecto urbanístico general
Modificación de planos urbanísticos
Solicitudes de prórrogas y revalidaciones
Solicitudes de información relacionada con las solicitudes de licencias urbanísticas, otras actuaciones asociadas, prórrogas y revalidaciones
En las bases de datos del Curador Urbano No. 2 de Funza - Jimmy Esteban Morales Torres se almacena información general como nombre completo número y tipo de identificación, datos de contacto (correo electrónico, dirección física, teléfono fijo y móvil). En adición a estos, y dependiendo de la naturaleza de la base de datos, puede tener datos específicos requeridos para el tratamiento al que serán sometidos los datos.
La atención de peticiones quejas y reclamos en cuanto al manejo de datos personales, se acoge teniendo en cuenta lo dispuesto en la ley 1581 de 2012, en el que se establecen los tiempos de respuesta para la atención de las diferentes solicitudes por parte del titular:
a) Consultas:
Las consultas podrán ser realizadas por el titular mediante los canales de comunicación descritos y para ello el titular deberá tener en cuenta lo siguiente:
La consulta será atendida en un término máximo de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de recibo de la misma. Cuando no fuere posible atender la consulta dentro de dicho término, se informará al interesado, expresando los motivos de la demora y señalando la fecha en que se atenderá su consulta, la cual en ningún caso podrá superar los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término.
b) Peticiones, Quejas y Reclamos:
}Ser objeto de corrección, actualización, supresión, o cuando adviertan el presunto incumplimiento de cualquiera de los deberes contenidos en esta ley, podrán presentar un reclamo ante el responsable del tratamiento el cual será tramitado bajo las siguientes reglas: El reclamo se formulará mediante solicitud dirigida al responsable del Tratamiento, con la identificación del Titular, la descripción de los hechos que dan lugar al reclamo, la dirección, y acompañando los documentos que se quiera hacer valer. Si el reclamo resulta incompleto, se requerirá al interesado dentro de los cinco (5) días siguientes a la recepción del reclamo para que subsane las fallas. Transcurridos dos (2) meses desde la fecha del requerimiento, sin que el solicitante presente la información requerida, se entenderá que ha desistido del reclamo. En caso de que quien reciba el reclamo no sea competente para resolverlo, dará traslado a quien corresponda en un término máximo de dos (2) días hábiles e informará de la situación al interesado.
a) Una vez recibido el reclamo completo, se incluirá en la base de datos una leyenda que diga "reclamo en trámite" y el motivo del mismo, en un término no mayor a dos (2) días hábiles. Dicha leyenda deberá mantenerse hasta que el reclamo sea decidido.
b) El término máximo para atender el reclamo será de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de su recibo. Cuando no fuere posible atender el reclamo dentro de dicho término, se informará al interesado los motivos de la demora y la fecha en que se atenderá su reclamo, la cual en ningún caso podrá superar los ocho (8) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término.
c) Solicitud de actualización, rectificación, revocatoria o supresión de datos. Los titulares pueden solicitar la actualización, rectificación, revocatoria o supresión de datos en el momento que lo estime pertinente dentro de los quince (15) días hábiles siguientes, contados a partir del día siguiente a la fecha de su solicitud.
Cuando no fuere posible atenderlo dentro de dicho término se informará al interesado antes del vencimiento del referido plazo los motivos de la demora y la fecha en que se atenderá su reclamo, la cual en ningún caso podrá superar los ocho (8) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término.